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<oembed><version>1.0</version><provider_name>Hormona Vida BHRT in Florida Hormone Optimization</provider_name><provider_url>https://hormonavida.com/es/</provider_url><author_name>Admin</author_name><author_url>https://hormonavida.com/es/author/americo/</author_url><title>Aviso de Pr&#xE1;cticas de Privacidad</title><type>rich</type><width>600</width><height>338</height><html>&lt;blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="LsXQMHELxt"&gt;&lt;a href="https://hormonavida.com/es/aviso-de-practicas-de-privacidad/"&gt;Aviso de Pr&#xE1;cticas de Privacidad&lt;/a&gt;&lt;/blockquote&gt;&lt;iframe sandbox="allow-scripts" security="restricted" src="https://hormonavida.com/es/aviso-de-practicas-de-privacidad/embed/#?secret=LsXQMHELxt" width="600" height="338" title="&#xAB;Aviso de Pr&#xE1;cticas de Privacidad&#xBB; &#x2014; Hormona Vida BHRT in Florida Hormone Optimization" data-secret="LsXQMHELxt" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no" class="wp-embedded-content"&gt;&lt;/iframe&gt;&lt;script type="text/javascript"&gt;
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</html><description>AVISO DE PR&#xC1;CTICAS DE PRIVACIDAD Fecha de vigencia: 10/01/2024  ESTE AVISO DESCRIBE C&#xD3;MO PUEDE UTILIZARSE Y DIVULGARSE SU INFORMACI&#xD3;N M&#xC9;DICA Y C&#xD3;MO PUEDE OBTENER ACCESO A DICHA INFORMACI&#xD3;N. POR FAVOR, L&#xC9;ALO DETENIDAMENTE.  Su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica es privada y nadie sin una necesidad leg&#xED;tima de conocerla puede acceder a ella. Hormona Vida, LLC (&#x201C;Consultorio&#x201D;) est&#xE1; obligado por ley a mantener la privacidad de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica y a proporcionarle un aviso sobre sus obligaciones legales y pr&#xE1;cticas de privacidad. En el improbable caso de que su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica quede desprotegida, el Consultorio le notificar&#xE1; oportunamente.  El Consultorio no utilizar&#xE1; ni divulgar&#xE1; su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica excepto seg&#xFA;n se describe en este Aviso de Pr&#xE1;cticas de Privacidad (&#x201C;Aviso&#x201D;). Este Aviso se aplica a todos los registros m&#xE9;dicos generados durante su tratamiento en el Consultorio.  EJEMPLOS DE DIVULGACI&#xD3;N PARA TRATAMIENTO, PAGO Y OPERACIONES DE ATENCI&#xD3;N M&#xC9;DICA  Las siguientes categor&#xED;as describen las formas en que el Consultorio puede utilizar y divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica:     Tratamiento: El Consultorio utilizar&#xE1; su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica para la prestaci&#xF3;n y coordinaci&#xF3;n de su atenci&#xF3;n m&#xE9;dica. Podemos divulgar la totalidad o parte de la informaci&#xF3;n de su expediente m&#xE9;dico a su m&#xE9;dico, m&#xE9;dicos consultores, enfermeros y otros proveedores de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica que tengan una necesidad leg&#xED;tima de dicha informaci&#xF3;n para su atenci&#xF3;n y tratamiento continuo. Por ejemplo, un proveedor de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica que lo est&#xE9; tratando por una lesi&#xF3;n puede consultar a otro proveedor sobre su estado general de salud.    Pago: El Consultorio puede divulgar informaci&#xF3;n m&#xE9;dica sobre usted con el fin de determinar la cobertura, realizar la facturaci&#xF3;n, gestionar reclamaciones, procesar datos m&#xE9;dicos y obtener el reembolso correspondiente. La informaci&#xF3;n puede divulgarse a una compa&#xF1;&#xED;a de seguros, un tercero pagador u otra entidad (o sus representantes autorizados) involucrados en el pago de su factura m&#xE9;dica, e incluir copias o extractos de su expediente m&#xE9;dico cuando sean necesarios para el pago de su cuenta. Por ejemplo, en la medida en que el Consultorio facture los servicios que le presta, una factura enviada a un tercero pagador puede incluir informaci&#xF3;n que lo identifique, su diagn&#xF3;stico y los procedimientos e insumos utilizados.    Operaciones Rutinarias de Atenci&#xF3;n M&#xE9;dica: El Consultorio puede utilizar y divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica durante las operaciones rutinarias de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica para administrar nuestro consultorio, mejorar su atenci&#xF3;n y comunicarnos con usted cuando sea necesario. Por ejemplo, podemos utilizar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica para gestionar su tratamiento y los servicios que recibe.    Asociados Comerciales: El Consultorio puede utilizar y divulgar cierta informaci&#xF3;n m&#xE9;dica sobre usted a sus asociados comerciales. Un asociado comercial es una persona o entidad que tiene un contrato con el Consultorio para realizar o ayudar en una funci&#xF3;n o actividad que requiere el uso o la divulgaci&#xF3;n de informaci&#xF3;n m&#xE9;dica. Algunos ejemplos incluyen, entre otros, servicios de copiado de historias cl&#xED;nicas, consultores, contratistas independientes, contadores, abogados, transcriptores m&#xE9;dicos y empresas externas de facturaci&#xF3;n. El Consultorio exige que sus asociados comerciales protejan la confidencialidad de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica. Asimismo, exige que cualquier subcontratista de un asociado comercial tambi&#xE9;n proteja la confidencialidad de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica.    Organismos Reguladores: El Consultorio puede divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica a autoridades de salud p&#xFA;blica o autoridades legales encargadas de prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades. Por ejemplo, las pr&#xE1;cticas de facturaci&#xF3;n pueden ser auditadas por el Auditor del Estado y los registros pueden ser revisados por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos y sus representantes autorizados.    Compensaci&#xF3;n para Trabajadores: El Consultorio puede divulgar informaci&#xF3;n m&#xE9;dica sobre usted para programas de compensaci&#xF3;n laboral u otros programas similares que proporcionen beneficios por lesiones o enfermedades relacionadas con el trabajo.    Veteranos Militares: El Consultorio puede divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica seg&#xFA;n lo exijan las autoridades de mando militar si usted es miembro de las fuerzas armadas.    Personas Privadas de Libertad: Si usted es un recluso de una instituci&#xF3;n penitenciaria o est&#xE1; bajo la custodia de un agente del orden p&#xFA;blico, el Consultorio puede divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica a la instituci&#xF3;n penitenciaria o al funcionario correspondiente.    Solicitudes de Donaci&#xF3;n de &#xD3;rganos y Tejidos: La informaci&#xF3;n m&#xE9;dica puede compartirse con organizaciones encargadas de la obtenci&#xF3;n de &#xF3;rganos.    M&#xE9;dico Forense o Director Funerario: La informaci&#xF3;n m&#xE9;dica puede compartirse con un m&#xE9;dico forense, examinador m&#xE9;dico o director funerario cuando una persona fallece.    Requerido por la Ley: El Consultorio divulgar&#xE1; informaci&#xF3;n m&#xE9;dica sobre usted cuando la ley as&#xED; lo exija, por ejemplo, para responder a demandas judiciales y otros procedimientos legales.    Otros Usos:            Obtendremos su autorizaci&#xF3;n por escrito antes de utilizar o divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica protegida cuando as&#xED; lo exija la ley.        Los registros relacionados con el tratamiento de trastornos por consumo de sustancias cuentan con protecciones adicionales conforme al T&#xED;tulo 42 del C&#xF3;digo de Regulaciones Federales (42 C.F.R. Parte 2).        Usted puede revocar su autorizaci&#xF3;n por escrito en cualquier momento, excepto en la medida en que ya hayamos actuado bas&#xE1;ndonos en dicha autorizaci&#xF3;n.           PROTECCIONES ESPECIALES PARA LOS REGISTROS RELACIONADOS CON TRASTORNOS POR CONSUMO DE SUSTANCIAS  Parte de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica protegida puede estar relacionada con el diagn&#xF3;stico, tratamiento o remisi&#xF3;n para el tratamiento de un trastorno por consumo de sustancias (SUD, por sus siglas en ingl&#xE9;s). La legislaci&#xF3;n federal (42 C.F.R. Parte 2) proporciona protecciones adicionales de privacidad para esta informaci&#xF3;n.  Podemos utilizar y divulgar los registros relacionados con trastornos por consumo de sustancias para fines de tratamiento, pago y operaciones de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica, seg&#xFA;n lo permita la ley. En muchas situaciones, obtendremos previamente su autorizaci&#xF3;n por escrito antes de utilizar o divulgar esta informaci&#xF3;n.  Cualquier uso o divulgaci&#xF3;n de registros relacionados con trastornos por consumo de sustancias se realizar&#xE1; de conformidad con la legislaci&#xF3;n federal aplicable.  Restricciones en procedimientos legales. La legislaci&#xF3;n federal generalmente proh&#xED;be el uso o la divulgaci&#xF3;n de registros de tratamiento relacionados con trastornos por consumo de sustancias en procedimientos civiles, penales, administrativos o legislativos en su contra, a menos que:     Usted otorgue un consentimiento espec&#xED;fico por escrito; o    Un tribunal emita una orden correspondiente despu&#xE9;s de haberle notificado y brindado la oportunidad de ser escuchado.   Esta protecci&#xF3;n se aplica incluso cuando otra informaci&#xF3;n m&#xE9;dica pueda divulgarse legalmente.  DERECHOS DEL PACIENTE CON RESPECTO A SU INFORMACI&#xD3;N  Aunque todos los registros relacionados con su tratamiento obtenidos en el Consultorio son propiedad del Consultorio, usted tiene los siguientes derechos con respecto a su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica:     Derecho a Comunicaciones Confidenciales: Usted tiene derecho a recibir comunicaciones confidenciales sobre su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica por medios alternativos o en ubicaciones alternativas. Por ejemplo, puede solicitar que el Consultorio se comunique con usted &#xFA;nicamente en su lugar de trabajo o por correo postal.    Derecho a Inspeccionar y Obtener Copias: Usted tiene derecho a inspeccionar y obtener copias de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica.    Derecho a Solicitar Correcciones: Usted tiene derecho a solicitar modificaciones o correcciones de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica. Toda solicitud de modificaci&#xF3;n deber&#xE1; presentarse por escrito al Consultorio, indicando el motivo que respalda dicha solicitud.    Derecho a Obtener un Registro de Divulgaciones: Usted tiene derecho a obtener un registro de las divulgaciones de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica realizadas durante los seis (6) a&#xF1;os anteriores.    Derecho a Solicitar Restricciones: Usted tiene derecho a solicitar restricciones sobre determinados usos y divulgaciones de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica. El Consultorio no est&#xE1; obligado a aceptar su solicitud, excepto cuando: (i) la divulgaci&#xF3;n tenga como prop&#xF3;sito realizar actividades de pago u operaciones de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica y no sea requerida por la ley; y (ii) la informaci&#xF3;n m&#xE9;dica se refiera &#xFA;nicamente a un servicio o art&#xED;culo de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica que usted, o una persona distinta de su plan de salud en su nombre, haya pagado en su totalidad al Consultorio.    Derecho a Recibir una Copia Impresa: Usted tiene derecho a recibir una copia impresa de este Aviso.    Derecho a Recibir Copias Electr&#xF3;nicas: Usted tiene derecho a recibir copias electr&#xF3;nicas de su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica.    Derecho a Designar a Otra Persona para Actuar en su Nombre: Si usted ha otorgado un poder m&#xE9;dico a otra persona o si alguien es su tutor legal, dicha persona podr&#xE1; ejercer sus derechos y tomar decisiones relacionadas con su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica.    Derecho a Revocar una Autorizaci&#xF3;n: Usted tiene derecho a revocar su autorizaci&#xF3;n para utilizar o divulgar su informaci&#xF3;n m&#xE9;dica, excepto en la medida en que ya se hayan tomado acciones basadas en dicha autorizaci&#xF3;n. Cualquier solicitud para ejercer estos derechos deber&#xE1; presentarse por escrito al Consultorio en 3801 PGA Boulevard, Suite 600, Palm Beach Gardens, Florida 33410, o comunic&#xE1;ndose con el Consultorio al 888-855-8434.    Aviso sobre Nueva Divulgaci&#xF3;n: La informaci&#xF3;n divulgada de conformidad con la Regla de Privacidad de HIPAA puede estar sujeta a una nueva divulgaci&#xF3;n por parte del destinatario y dejar de estar protegida por las leyes federales de privacidad. Sin embargo, los registros relacionados con trastornos por consumo de sustancias divulgados conforme al T&#xED;tulo 42 del C&#xF3;digo de Regulaciones Federales (42 C.F.R. Parte 2) contin&#xFA;an protegidos por las normas federales de confidencialidad y, por lo general, no pueden ser divulgados nuevamente, salvo cuando la ley lo permita.   LEYES ESTATALES M&#xC1;S ESTRICTAS QUE HIPAA  FLORIDA  Registros M&#xE9;dicos de Florida &#x2014; &#xA7;456.057, Estatutos de Florida: Los registros de los pacientes no se divulgar&#xE1;n a ninguna persona distinta del paciente o de su representante legal sin la autorizaci&#xF3;n escrita del paciente, salvo que la ley lo exija o lo permita. Los pacientes tienen derecho a acceder y recibir copias de sus registros m&#xE9;dicos mediante una solicitud por escrito.  Telesalud en Florida &#x2014; &#xA7;456.47, Estatutos de Florida: Hormona Vida, LLC presta servicios de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica mediante telesalud. La legislaci&#xF3;n de Florida exige el consentimiento informado antes de recibir servicios de telesalud. Antes de iniciar el tratamiento, se le informar&#xE1; sobre la naturaleza de la telesalud, sus limitaciones y su derecho a solicitar atenci&#xF3;n m&#xE9;dica presencial.  Registros de Salud Mental en Florida &#x2014; &#xA7;394.4615, Estatutos de Florida: Los registros relacionados con tratamientos de salud mental cuentan con protecciones adicionales de confidencialidad conforme a la legislaci&#xF3;n de Florida y no pueden divulgarse sin el consentimiento escrito del paciente, excepto en las circunstancias limitadas establecidas por la ley.  Registros de VIH/SIDA en Florida &#x2014; &#xA7;381.004, Estatutos de Florida: Los resultados de las pruebas de VIH y los registros relacionados son estrictamente confidenciales y no pueden divulgarse sin el consentimiento informado por escrito del paciente, salvo en los casos espec&#xED;ficamente autorizados por la ley.  Registros sobre Abuso de Sustancias en Florida &#x2014; &#xA7;397.501, Estatutos de Florida: Los registros relacionados con el tratamiento por abuso de sustancias son confidenciales conforme a la legislaci&#xF3;n de Florida y solo pueden divulgarse con el consentimiento escrito del paciente o seg&#xFA;n lo autorice la ley, de conformidad con las protecciones federales establecidas en el T&#xED;tulo 42 del C&#xF3;digo de Regulaciones Federales (42 C.F.R. Parte 2).  Informaci&#xF3;n Gen&#xE9;tica en Florida &#x2014; &#xA7;760.40, Estatutos de Florida: Los resultados de las pruebas gen&#xE9;ticas son propiedad exclusiva de la persona sometida a dichas pruebas y no pueden divulgarse sin su consentimiento por escrito, salvo en las circunstancias limitadas definidas por la ley.  CALIFORNIA  Ley de Confidencialidad de la Informaci&#xF3;n M&#xE9;dica de California (CMIA) &#x2014; C&#xF3;digo Civil &#xA7;56 y siguientes: La legislaci&#xF3;n de California proh&#xED;be la divulgaci&#xF3;n de la informaci&#xF3;n m&#xE9;dica de un paciente sin autorizaci&#xF3;n escrita, salvo en los casos espec&#xED;ficamente permitidos por la ley. Los pacientes tienen derecho a acceder a sus registros y recibir una copia dentro de los quince (15) d&#xED;as h&#xE1;biles posteriores a una solicitud por escrito.  Ley de Privacidad del Consumidor de California (CCPA) &#x2014; C&#xF3;digo Civil &#xA7;1798.100 y siguientes: Los residentes de California tienen derecho a conocer qu&#xE9; informaci&#xF3;n personal se recopila sobre ellos, solicitar la eliminaci&#xF3;n de su informaci&#xF3;n personal y optar por no permitir la venta de su informaci&#xF3;n personal. Hormona Vida, LLC no vende la informaci&#xF3;n personal de sus pacientes.  Ley de Avance de la Telesalud de California &#x2014; C&#xF3;digo de Negocios y Profesiones &#xA7;2290.5: La legislaci&#xF3;n de California permite la prestaci&#xF3;n de servicios de atenci&#xF3;n m&#xE9;dica mediante telesalud con el consentimiento adecuado del paciente. Los pacientes ser&#xE1;n informados sobre la naturaleza de los servicios de telesalud y su derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento.  Registros de Salud Mental en California &#x2014; C&#xF3;digo de Bienestar e Instituciones &#xA7;5328: Los registros relacionados con la salud mental reciben protecciones reforzadas de confidencialidad conforme a la legislaci&#xF3;n de California y no pueden divulgarse sin la autorizaci&#xF3;n escrita del paciente, salvo en circunstancias espec&#xED;ficamente definidas por la ley.  Registros de VIH/SIDA en California &#x2014; C&#xF3;digo de Salud y Seguridad &#xA7;120975 y siguientes: Los resultados de las pruebas de VIH son estrictamente confidenciales conforme a la legislaci&#xF3;n de California. Su divulgaci&#xF3;n requiere el consentimiento informado por escrito del paciente, salvo en las circunstancias limitadas autorizadas por la ley.  Informaci&#xF3;n Gen&#xE9;tica en California &#x2014; C&#xF3;digo Civil &#xA7;56.17: La informaci&#xF3;n gen&#xE9;tica no puede divulgarse sin la autorizaci&#xF3;n escrita del paciente y no puede utilizarse de manera discriminatoria.  PARA OBTENER M&#xC1;S INFORMACI&#xD3;N O REPORTAR UN PROBLEMA  Si tiene preguntas o desea obtener informaci&#xF3;n adicional, puede comunicarse con nuestra oficina llamando al 888-855-8434. Si considera que se han vulnerado sus derechos de privacidad, puede presentar una queja ante nosotros llamando al 888-855-8434, as&#xED; como ante la Oficina de Derechos Civiles (Office for Civil Rights) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (U.S. Department of Health and Human Services) llamando al 1-800-368-1019, visitando https://ocrportal.hhs.gov/ocr/smartscreen/main.jsf, enviando un correo electr&#xF3;nico a OCRComplaint@hhs.gov o enviando una carta a:     Centralized Case Management Operations    U.S. Department of Health and Human Services    200 Independence Avenue, S.W.    Room 509F HHH Bldg.    Washington, D.C. 20201   No tomaremos represalias contra usted por presentar una queja.  CAMBIOS A ESTE AVISO  El Consultorio cumplir&#xE1; con los t&#xE9;rminos del Aviso que se encuentre vigente en ese momento. El Consultorio se reserva el derecho de modificar los t&#xE9;rminos de este Aviso y de hacer que las nuevas disposiciones sean aplicables a toda la informaci&#xF3;n m&#xE9;dica que mantenga. Una versi&#xF3;n actualizada de este Aviso podr&#xE1; obtenerse en el Consultorio.</description></oembed>
